CDMX regulará motos eléctricas, foráneas y scooters: estas serían las nuevas restricciones

Las motos eléctricas deben regularse del mismo modo que las de combustión, propone el Gobierno de CDMX. También anunció medidas para scooters.

La jefa de Gobierno de CDMX, Clara Brugada, dio a conocer una nueva propuesta de regulación para motos eléctricas y foráneas, así como para scooters o patines. De aprobarse las nuevas medidas, la regulación de las motos eléctricas se homologaría con las de combustión interna, mientras que las que cuenten con permisos de circulación foráneos tendrían que solicitar autorización para transitar.

Por otro lado, los scooters o patines que circulen a menos de 25 kilómetros por hora serán considerados vehículos no motorizados y deberán ajustarse a lo que dicta el reglamento de tránsito para esa categoría.

Regulación de scooters en CDMX
En la CDMX se ha extendido el uso de scooters como medios para trasladarse. Foto: Cuartoscuro

En conferencia de prensa, la mandataria explicó que la necesidad de la regulación se desprende del aumento de la presencia de motos eléctricas en CDMX. “Existen 750,722 motocicletas en esta ciudad y en los últimos años el número se ha incrementado. Estamos hablando de motocicletas de combustión interna, pero también se ha incrementado lo que llamamos las motocicletas eléctricas, que han tenido un gran auge en algunas zonas de la ciudad, como aquí en el Centro Histórico”, expuso.

La jefa de Gobierno añadió que durante el último trimestre de 2024 se registraron 19,207 accidentes de tránsito que causaron 106 muertes en CDMX. En el 49% de los casos estuvieron involucradas personas usuarias de motocicletas, encabezando la lista por encima de ciclistas, conductores, pasajeros o peatones. Además, las y los motociclistas también son quienes registran más lesiones por accidentes de tránsito.

El gobierno capitalino propone que las motocicletas eléctricas deban cumplir las reglas para vehículos motorizados. Foto: Cuartoscuro

En ese sentido, Brugada Molina anunció reformas a la Ley de Movilidad y al Reglamento de Tránsito de CDMX para regular las motos eléctricas, foráneas y scooters.

Así sería la nueva regulación de motos eléctricas

Como parte de la propuesta de reforma, se establecería que “los conductores de motocicletas eléctricas deberán sujetarse a las reglas generales para la circulación de vehículos, es decir, lo mismo que para un coche o una motocicleta de combustión”, dio a conocer la jefa de Gobierno. Explicó que:

  • Las motocicletas eléctricas no podrán circular por las vías por donde van los ciclistas
  • No podrán desplazarse sobre las banquetas o en cualquier otra zona confinada
  • Deberán portar placas, tarjeta de circulación, casco, ir con las luces encendidas y las demás reglas que aplican a todas las motocicletas de combustión interna

Para ello, se establecerá en la ley que las motocicletas eléctricas se definirán como aquel vehículo “con una velocidad de desplazamiento mayor a 25 kilómetros por hora con un motor eléctrico que utiliza un manubrio como conducción, que tiene una o dos plazas y que tiene dos ruedas”.

Motos eléctricas CDMX
Foto: Cuartoscuro

Motos foráneas deberán pedir permiso para circular en CDMX

Otra de las propuestas de regulación que la jefa de Gobierno enviará al Congreso es la de los permisos de circulación expedidos por otra entidad federativa o municipio.

Asimismo, otra modificación importante, es sobre los permisos de circular expedidos por otra entidad federativa o municipio, y eso en general, a todas las motocicletas tanto de combustión interna como eléctricas. De repente hemos visto cómo han crecido estos permisos que vienen de otros estados.

“Otra modificación importante es sobre los permisos de circular expedidos por otra entidad federativa o municipio, y eso en general, a todas las motocicletas tanto de combustión interna como eléctricas. De repente hemos visto cómo han crecido estos permisos que vienen de otros estados.

“Aquí lo importante es que deberán registrarse ante la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México. Con ello nos va a permitir un mejor control de los vehículos que se desplazan en la ciudad”, explicó la mandataria.

“Hoy tenemos a miles circulando, y durante mucho tiempo, con sus permisos foráneos -les vamos a llamar, entonces tienen la obligación de registrarse”, dijo la jefa de Gobierno.

Agregó que esto aplicará tanto para motos eléctricas como de combustión. En la propuesta se establecería un plazo de un mes para que sus conductores puedan realizar el registro.

Foto: Cuartoscuro

También regularán scooters o patines eléctricos en CDMX

Finalmente, respecto a los scooters o patines eléctricos, Clara Brugada informó que en su propuesta se les consideraría como vehículos no motorizados. En ese sentido, deberán ajustarse a lo que el reglamento dicta para los vehículos de tracción humana, pedaleo asistido o con motores eléctricos de menos de 25 kilómetros por hora. Las medidas que aplicarían son las siguientes:

  • Avanzar donde existan ciclovías
  • Indicar sus cambios de carril a través de señales
  • Estos vehículos tienen preferencia sobre los motorizados
  • En caso de estar en calles donde no haya infraestructura ciclista, deberán circular preferentemente en el carril derecho
  • No podrán circular por zonas peatonales ni por el carril exclusivo de transporte público

Respecto a todas las nuevas medidas para motos y scooters, la jefa de Gobierno de CDMX indicó que se busca garantizar la seguridad vial, el orden del tránsito y la protección del medio ambiente.

Por su parte, el secretario de Movilidad, Héctor Ulises García Nieto, indicó que se pretende “empezar a regular aquellos vehículos eléctricos que rebasan los 25 kilómetros por hora, empezar a considerarlos como motocicletas y establecer la misma reglamentación que tienen las motocicletas que ya circulan”.

Para que estas medidas se apliquen, sería necesario reformar la Ley de Movilidad en su artículo 9, fracciones 23 y 23 Bis, así como los artículos 64 y 137. También se debería modificar el Reglamento de Movilidad en sus artículos 21, 37, 47 y 45.

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