¿Te toca trabajar el 2 de junio? Esto te tienen que pagar y así deben garantizar que puedas votar

¿Sabías que el 2 de junio se considera un día feriado por las elecciones de 2024? Como tal, debes recibir un pago extra si te toca trabajar.

La chamba no tiene que interferir con tu derecho al voto. Si te toca trabajar este 2 de junio, tu empresa o empleador no solo deben garantizarte el tiempo suficiente para participar en las elecciones de 2024, sino que además, tendrán la obligación de darte un pago extra.

Y es que, de acuerdo con el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo, el día que de la jornada electoral se considera como día feriado. Es decir, que no es laborable y las personas deberán tener descanso obligatorio, precisamente para poder participar con libertad en los comicios.

Sin embargo, la ley también prevé el caso de que una empresa o empleador pida a sus trabajadores laborar en la fecha de las elecciones. Y esto es lo que dice al respecto:

¿Cuándo votar si trabajas este 2 de junio?

La Ley Federal del Trabajo establece que es obligación de las y los patrones “conceder a las y los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las elecciones populares”.

Asimismo, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), “todas y todos los trabajadores podrán tomarse el tiempo para ir a ejercer su voto y, posterior a esto, podrán dirigirse a sus lugares de trabajo“.

Elecciones 2024
Foto: IMCO

Es decir, que si te toca trabajar este 2 de junio, antes de ir a chambear podrás acudir a tu casilla y ejercer tu voto.

Toma en cuenta que las casillas abren a las 8:00 horas y cierran a las 18:00 horas de este domingo.

¿Cuánto deben pagarte si trabajas este 2 de junio?

Adicionalmente, al considerarse día feriado, también tendrás derecho a un pago extra si trabajas el día de las elecciones.

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo señala que aquellos trabajadores que laboren en día feriado “tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.

Dicho de otro modo, deberás cobrar el triple respecto a un día normal. Y adicionalmente, por trabajar en domingo, deberás recibir una prima equivalente al 25% de lo que ganas en un día normal de trabajo:

“Adicional a lo anterior, si de acuerdo al calendario el día de descanso obligatorio llegará a coincidir con el día de descanso semanal, es decir el día domingo, la o el patrón deberá de cubrirle al  trabajador(a) el pago de la prima dominical que marca el artículo 71 de la Ley Federal del Trabajo el cual señala: Las y los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”, establece la ley.

¿Qué hacer si no quieren respetar tus derechos laborales?

En caso de que tu empresa o empleador no quieran otorgarte tiempo para votar en las elecciones de este 2 de junio o no quieran pagarte lo que por derecho te corresponde, puedes solicitar el apoyo de la Profedet.

La Profedet ofrece asesoría gatuita a través de los números telefónicos 01800 911 7877 y 01 800 717 2942. También puedes escribir por correo electrónico a la dirección [email protected].

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