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Ponen nuevas reglas a comerciantes del Metro: horarios, uniformes, artículos y estación  prohibida

El Metro emitió un reglamento que prohibe a comerciantes gritar, los obliga a usar uniforme y modifica los horarios permitidos para vender.

Vendedores que ejercen el comercio dentro del Metro de CDMX ahora tendrán que usar uniforme y portar credencial. También deberán respetar una estación prohibida y contarán con nuevos horarios de trabajo.

A través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el Metro capitalino publicó un decreto por el que se expide el nuevo reglamento para la operación de locales y espacios comerciales del Sistema de Transporte Colectivo. De acuerdo con el propio Metro capitalino, el reglamento ya entró en vigor, aunque habrá un “periodo de transición” de 60 días.

Foto: Metro de CDMX

Además de establecer nuevas restricciones, el reglamento recalca disposiciones ya mencionadas desde la regulación anterior, pero que en algunas ocasiones no se respetan, como la prohibición para los vendedores de gritar para promover sus productos. Sin embargo, ahora indica que habrá verificaciones diarias y sanciones económicas en caso de incumplimiento.

¿Qué comerciantes pueden vender en el Metro?

De acuerdo con el artículo 13 del reglamento, únicamente podrán realizar uso, aprovechamiento o explotación de espacios comerciales dentro del Metro quienes cuenten con un Permiso Administrativo Temporal Revocable (PATR). Además, estos podrán realizar sus actividades comerciales en locales o espacios que les haya asignado el propio Sistema de Transporte Colectivo.

En cambio, quienes no cuenten con este permiso, no podrán vender dentro del Metro. En caso de que algún comerciante se establezca sin permiso o fuera de los espacios permitidos, las autoridades le harán un apercibimiento para retirarse junto con su mercancía por sus propios medios o, en caso de que el vendedor se niegue, se ordenará su remoción.

Foto: Metro de CDMX

Con uniformes, identificarán a comerciantes con permiso para vender en el Metro

A fin de identificar a los vendedores que cuenten con un PATR, estos ahora deberán “portar en todo momento el uniforme autorizado por el Sistema [de Transporte Colectivo]”.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 31, el uniforme deberá tener impresos los siguientes datos:

  • Nombre de identificación de la persona física o moral a cargo del PATR
  • Línea y estación en la que cuenta con autorización para trabahar
  • Su número de local y/o espacio comercial

A través de imágenes difundidas por el Metro a través de redes sociales, se aprecia que los uniformes consisten en chalecos con los logos oficiales del Sistema de Transporte Colectivo y del Gobierno de la Ciudad de México. El color de los chalecos será alusivo a la línea del Metro en la que trabajan los comerciantes.

Se espera que esto permita distinguir con mayor facilidad a quienes cuentan con autorización para ejercer el comercio dentro del Metro y a quienes no tienen permiso de hacerlo.

Amplían horario de venta

Por otro lado, el artículo 42 establece que “el horario permitido para el funcionamiento de los locales y/o espacios comerciales permisionados es a partir
de una hora después de iniciado el servicio y hasta dos horas antes del cierre
de la estación, sin excepción alguna”.

Esto implica una ampliación de una hora en el horario de venta permitido. Anteriormente, el reglamento establecía que la apertura de los espacios comerciales podía ser desde dos horas posteriores al inicio del servicio. Sin embargo, ahora los comerciantes deberán esperar únicamente una hora desde el inicio del servicio para poder abrir sus negocios. Mientras tanto, los horarios de cierre permanecerán igual.

De este modo, los horarios de venta permitidos para el comercio dentro del Metro serán los siguienets:

  • Lunes a viernes: de 6:00 a 22:00 horas
  • Sábados: de 7:00 a 22:00 horas
  • Domingos y días festivos: de 8:00 a 22:00 horas
Foto: Metro de CDMX

Bellas Artes no tendrá comercio

Por otro lado, habrá una estación prohibida para ejercer el comercio.

“[Quedan] totalmente prohibidos los espacios comerciales en la estación Bellas Artes, indica el artículo 14 respecto al otorgamiento de Permisos Administrativos Temporales Revocables.

Foto: Andrea Murcia (Cuartoscuro)

Sin gritos para promocionar mercancía, prohibición de ‘diablitos’ y más disposiciones

Además, una disposición establecida desde el reglamento emitido en 2020, pero que se refuerza en 2026, es que los comerciantes no podrán gritar para promocionar su mercancía. La nueva norma establece que no deberán generar contaminación auditiva. Además de gritos, esto incluye el uso de bocinas, grabadoras o altavoces.

Además, en el reglamento se reitera que los comerciantes tendrán horarios establecidos para abastecer sus comercios. Estos serán en dos ventanas de tiempo: de las 10:00 a las 12:00 horas y de las 21:00 a las 22:00 horas. Para el surtido de la mercancía, no se pueden usar diablitos, carretillas o equipos similares.

También habrá horarios para recolectar y retirar la basura. Eso se deberá hacer al menos dos veces al día entre las 12:00 y las 18:00 horas.

Foto: Metro de CDMX

Artículos permitidos y prohibidos para el comercio dentro del Metro

Finalmente, el reglamento también establece en su artículo 40 los giros comerciales permitidos para el comercio dentro del Metro.

Los artículos permitidos para la venta son, entre otros:

  • Alimentos y bebidas no alcohólicas
  • Publicaciones impresas, como libros y revistas
  • Ropa y calzado
  • Equipos de hardware y softeare
  • Equipo y accesorios de entretenimiento y telecomunicaciones, como teléfonos, tablets, consolas, baterías, cargadores, audífonos, etc.
  • Equipos y accesorios de deportes o recreación
  • Instrumentos musicales, juguetes y materiales educativos
  • Textiles
  • Medicamentos y productos farmacéuticos
  • Relojería y joyería
  • Artículos domésticos y apartos electrodomésticos
  • Billetes de Lotería
  • Servicios de peluquería, estética o barbería
  • Servicio de sanitarios públicos

Por su parte, los giros comerciales prohibidos son:

  • Venta de bebidas alcohólicas y bebidas en envase de vidrio o aluminio en genral
  • Elaboración y preparación de alimentos; que requieran el uso de hornos generadores de altas temperaturas
  • Máquinas tragamonedas o de videojuegos
  • Ferretería
  • Contenido para adultos
  • Pirotecnia
  • Sustancias químicas peligrosas e inflamables

¿Desde cuándo se aplicarán las nuevas reglas y cuáles serán las multas?

De acuerdo con lo establecido en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, los comerciantes tendrán 60 días naturales dede la publicación del reglamento para regularizar su situación, es decir, hasta el próximo 18 de octubre. Sin embargo, a través de un comunicado, el Sistema de Transporte colectivo informó que “en este periodo de transición, el reglamento ya se debe cumplir“, por lo que “habrá amonestaciones y llamados verbales a acatar las nuevas disposiciones”.

Foto: Victoria Valtierra (Cuartoscuro)

En caso de incumplir con las disposiciones, los comerciantes del Metro ahora recibirán multas económicas. El reglamento anterior, publicado el 8 de julio de 2020, establecía que las sanciones se aplicarían únicamente a través de suspensiones de actividades hasta por hasta X días. En cambio, el nuevo reglamento también contempla sanciones económicas de entre 5 y 200 unidades de medida y actualización (UMA), equivalentes a entre $586.55 y $23,462.

De acuerdo con el artículo 90 del reglamento, las autoridades del Metro deberán realizar supervisiones diarias para constatar que las actividades de los locales espacios comerciales se ajusten a las disposiciones.

Foto: Cuartoscuro

Cabe mencionar que los Permisos Administrativos Temporales Revocables (PATR) para quienes ejercen el comercio dentro del Metro tienen una vigencia de 10 años y se pueden prorrogar hasta por dos periodos iguales. Queda prohibido arrendar, subarrendar, ceder o permitir que terceros utilicen los locales.


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