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¡Adiós al WhatsApp! Esto pasará si no registras tu celular con tu CURP… y guía fácil para hacerlo

Si no has hecho el registro de tu celular con tu CURP, esta información te interesa, pues ¡te queda poco tiempo! Checa esta guía fácil paso a paso.

Desde el año pasado, es obligatorio ponerle nombre y apellido a las líneas telefónicas móviles en México. Si no has hecho el registro de tu celular con tu CURP, más vale que le vayas metiendo velocidad.

Desde diciembre de 2025, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) emitió nuevos lineamientos para la identificación de líneas móviles. Con esta disposición, ahora es obligatorio vincular cada número con una persona física o moral.

La medida busca fortalecer la seguridad y evitar que los celulares se usen para cometer delitos como extorsión y fraude.

Además, en Chilango te contamos qué pasa si no haces el registro de tu celular con tu CURP, cuál es la fecha límite y te dejamos una guía fácil paso a paso para hacerlo.

FOTO: ROGELIO MORALES/CUARTOSCURO

¿Cuál es la fecha límite para el registro?

¡No digas que no te avisamos! La fecha límite para completar el registro de las líneas telefónicas es el 29 de junio de 2026. A partir del 30 de junio, será obligatoria la identificación de cada línea.

Si no lo haces, podrías perder todos los servicios que te brinda tu compañía.

De acuerdo con la normatividad vigente, no existe una alternativa legal para mantener una línea activa sin vincularla a una persona.

¿Podré usar WhatsApp? Esto pasa si no haces el registro

No es exageración: si no haces el registro de tu celular con tu CURP, podrías quedarte sin llamadas y sin servicios de mensajería como WhatsApp.

De acuerdo con lo estipulado, si la línea no queda vinculada a una identificación oficial, será dada de baja. En ese estado, solo se podrán realizar llamadas de emergencia (como al 911) o de atención ciudadana.

Las compañías telefónicas suspenderán los servicios de tu celular. Esto no significa que el equipo deje de funcionar por completo, pero no lo podrás usar como smartphone… a menos que esté conectado a Wi-Fi, ya que el acceso a redes 4G o 5G quedará inhabilitado.

En cuanto a llamadas y mensajes de texto (SMS), tu línea entrará en un modo de “solo recepción”. Es decir, podrás recibir llamadas, pero no hacerlas (excepto a números de emergencia).

Según los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación:

“Toda SIM en formato físico o electrónico (eSIM) que se comercialice por cualquier medio o canal de distribución, únicamente podrá recibir mensajes de emergencia a través del protocolo de alerta común, realizar llamadas a los Números de Emergencia y de Atención Ciudadana, así como al Sistema de Atención del Proveedor del Servicio de Telefonía Móvil”.

Pero tranquilo: la suspensión no es definitiva. Podrás reactivar tu servicio una vez que completes el registro. Como se indica en el acuerdo:

“Para habilitar los servicios contratados, se deberá realizar el proceso de Vinculación con un Titular”.

Además, la normatividad no contempla multas ni sanciones adicionales: básicamente, te quedas sin usar tu cel como normalmente lo haces.

Guía fácil para registrar tu celular con tu CURP

Hacer el trámite es más sencillo de lo que parece, pero necesitas tener estos documentos a la mano:

Para personas físicas:

  • Identificación oficial (INE o pasaporte)
  • CURP

Para personas morales (empresas):

Deberán presentar su Registro Federal de Contribuyentes (RFC). En estos casos, los operadores registrarán el nombre o razón social, el RFC, el número asociado, la fuente de confianza consultada y el resultado de la validación.

Para personas extranjeras:

  • Pasaporte
  • CURP temporal para extranjeros

En todos los casos, el sistema te pedirá tu nombre completo y tu CURP.

De acuerdo con la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones, las compañías registrarán únicamente el nombre, la CURP, el número asociado, la fuente consultada y el resultado de la validación de identidad.

Dependiendo de tu compañía, el trámite se puede hacer de dos formas:

  • Presencial: en cualquier centro de atención a clientes
  • En línea: a través de la Plataforma de Gestión de Líneas Telefónicas Móviles de tu operador
FOTO: CRISANTA ESPINOSA AGUILAR/CUARTOSCURO

¿Cuántas líneas puedo registrar?

Paras las personas físicas, la ley establece un máximo de 10 líneas telefónicas por persona, sin importar la compañía.

Mientras que para las personas morales o con actividad empresarial, como negocios, no tienen este límite. Para acceder a este esquema, deberán presentar la constancia de situación fiscal del SAT; de lo contrario, serán considerados como personas físicas.

Si te preocupa la privacidad de tus datos, la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones aseguró que estarán protegidos:

“Esta nueva regulación formaliza el registro. La información será resguardada por los operadores telefónicos y se cumplirá con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares”, informó la dependencia en un comunicado.

FOTO: GRACIELA LÓPEZ/ CUARTOSCURO

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