¿Te dan silla y compu? Conoce las nuevas disposiciones sobre home office en México

Silla ergonómica, equipo de cómputo, pago de luz e internet y tiempo de desconexión son algunas de las condiciones a las que tendrán derecho quienes realizan home office en México. El 5 de diciembre entra en vigor la Norma…

Silla ergonómica, equipo de cómputo, pago de luz e internet y tiempo de desconexión son algunas de las condiciones a las que tendrán derecho quienes realizan home office en México.

El 5 de diciembre entra en vigor la Norma Oficial Mexicana NOM 037-STPS-2023, misma que regula las condiciones del teletrabajo en nuestro país.

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Desde la pandemia de COVID-19 el teletrabajo, o home office para los cuates, se convirtió en una práctica común en México. Sin embargo, ante la falta de regulación, esta práctica dejó a muchas personas trabajadoras sin condiciones dignas para hacer su chamba.

Por ello, en 2021 se realizó una reforma a la Ley Federal del Trabajo y, como consecuencia de la misma, el 8 de junio de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación esta norma que regula las condiciones del teletrabajo en México. Sin embargo, se otorgó un plazo de 180 días para su entrada el vigor a fin de que tanto trabajadores como empresas pudieran adecuarse a las condiciones establecidas.

De modo que ahora sí no hay pretexto. La norma entra en vigor el 5 de diciembre de 2023. Por lo que si cambeas bajo esta modalidad, aquí te contamos cuáles son tus derechos y obligaciones. Pero antes que nada…

¿Qué es el home office?

La NOM 037-STPS-2023 define el teletrabajo como la “forma de organización laboral subordinada que consiste en el desempeño de actividades remuneradas en lugares distintos al centro de trabajo“.

La norma también reconoce que para ello se requiere el uso de “las tecnologías de la información y comunicación para el contacto y mando entre la persona trabajadora bajo la modalidad de Teletrabajo y el patrón”.

Asimismo, se establece que se reconoce como teletrabajo aquello casos en los que la persona trabajadora realiza “más del 40 por ciento su jornada laboral semanal desde un lugar fuera del centro de trabajo“.

Home office
Foto: Pixabay

Derechos de las personas que trabajan en modalidad home office en México

Lo primero que debes saber si te dedicas al teletrabajo es que tu contrato debe cumplir con las mismas prestaciones que la ley estipula la Ley Federal del Trabajo: vacaciones, días de descanso semanal, días feriados, jornada laboral no mayor a 8 horas, aguinaldo etc.

Silla ergonómica

La norma establece que las empresas deberán proteger a los trabajadores ante los factores de riesgo ergonómico; es decir, aquellos que “esfuerzo físico, movimientos repetitivos o posturas forzadas en el trabajo desarrollado, con la consecuente fatiga”. Ello incluye las condiciones para hacer uso adecuado de los equipos de cómputo y tecnología.

En ese sentido, se establece que es obligación de las empresas:

“Proporcionar a las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo para desarrollar sus actividades fuera del centro de trabajo, lo siguiente: a) Silla ergonómica o de otro tipo apropiada a las actividades a desarrollar; b) Los insumos necesarios para su adecuado desempeño, como por ejemplo para el envío de la información vía digital, o impresión de ésta, y c) En su caso, los aditamentos que garanticen condiciones ergonómicas o posturales, del trabajador en su jornada laboral”.

Foto: Unsplash

Derecho a la desconexión

La NOM también establece que las empresas deberán garantizar que “se respete el derecho a la desconexión (incluida la desconexión de las TIC de manera digital) de las personas trabajadoras bajo la modalidad de Teletrabajo al término de la jornada laboral”. Es decir, que trabajar a distancia no implica que tu empleador te pueda solicitar trabajo fuera de horario laboral.

La norma define el derecho a la desconexión como “derecho de un trabajador a apartarse del trabajo (incluida la desconexión de las TIC de manera digital) y abstenerse de participar en cualquier tipo de comunicación con el centro de trabajo al término de la jornada laboral“.

Equipo de cómputo

Desde la reforma al la Ley Federal del Trabajo, publicada el 11 de enero de 2021, se establece que la empresa deberá “proporcionar, instalar y encargarse del mantenimiento de los equipos necesarios para el teletrabajo como equipo de cómputo”.

Por otro lado, la NOM establece si la empresa te otorga equipo de cómputo, también deberá garantizar que este o cualquier otra tecnología de la información y comunicación que recibas tenga un mantenimiento adecuado.

Pago de luz e internet

Finalmente, desde 2021 la reforma a la Ley Federal del Trabajo establece que la empresa deberá echarte la mano con el pago de algunos gastos necesarios para hacer home office, tales como electricidad e internet. El artículo 330-E establece que los patrones deberán:

“Asumir los costos derivados del trabajo a través de la modalidad de teletrabajo, incluyendo, en su caso, el pago de servicios de telecomunicación y la parte proporcional de electricidad”.

Foto: CFE

Obligaciones de los trabajadores que hacen home office

Por otro lado, la nueva regulación también establece algunas obligaciones para quienes trabajen en la modalidad de teletrabajo o home office:

  • Colaborar con el empleador para que verifique las condiciones adecuadas del espacio de trabajo.
  • Resguardar y conservar en buen estado los equipos de cómputo y mobiliario ergonómico que otorgue la empresa.
  • Atender las políticas de protección de datos e información establecidos por el patrón en el desempeño de sus actividades.
  • Informar por escrito y con antelación al patrón en caso de cambiar de manera temporal o definitiva el lugar de trabajo.

Si tienes alguna duda al respecto, puedes consultar la NOM en el Diario Oficial de la Federación, donde también puedes encontrar el ejemplo de una redacción de política de teletrabajo.

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