Como apoyo debido a la contingencia por COVID19, se firmó un acuerdo para que las empresas puedan diferir hasta en 48 meses las cuotas al IMSS.

Quienes estén interesados en hacer uso de este beneficio, podrán diferir 80% de las cuotas patronales al instituto; por lo que el importe inicial a cubrir será de 20% de la cuota patronal y 100% de la obrera.

Sin embargo, si bien aunque el monto a pagar en mensualidades no sufre modificación, sí genera una tasa de interés mensual de hasta 1.82%, ya que se considera un pago recibido fuera de los plazos legales.

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“El beneficio de suscribir este convenio es que la tasa de interés por plazo mensual oscila entre 1.26 por ciento y 1.82 por ciento, en función del plazo elegido (12, 24 y más de 24 meses) desde el momento de su formalización”, señala el IMSS.

Sin embargo, también señaló que las para quienes incumplan en los pagos oportunos al instituto pueden ser disminuidas las multas.

El IMSS también aclaró que el pago en parcialidades está previsto en los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social.

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Cuotas al IMSS