Luego de marchar y alzar la voz durante el 8M, muchas mujeres deciden participar en el paro de labores del 9 de marzo.

También conocido como “Un día sin mujeres”, esta iniciativa tiene la finalidad de mostrar la importancia de las mujeres en todos los ámbitos de la sociedad, así como el impacto de su ausencia.

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La iniciativa nació en 2017 en varios países, y en México comenzó a adoptarse desde 2020. En nuestro país, con altos índices de feminicidios, el paro también hace alusión a la problemática de las desapariciones, pues algunas mujeres se desconectan no solo del trabajo, sino también “desaparecen” de redes sociales y no mantienen contacto con sus amistades, parejas o familiares.

Sin embargo, muchas mujeres también deciden no participar, ya sea porque quieren protestar de otra forma o por miedo a represalias en sus centros de trabajo.

Por ello, si decides participar en el paro, es importante que conozcas tus derechos laborales.

¿Te pueden descontar el día por participar en el paro de mujeres?

El 9 de marzo no se considera un día feriado. Por ello, los centros de trabajo sí podrían considerar la participación en el paro como una falta injustificada. En ese sentido sí podrían realizar el descuento equivalente a un día de trabajo.

Sin embargo, son cada vez más las empresas e instituciones que se están sensibilizando con el tema y no toman represalias contra quienes participan en el paro. Por ejemplo, en la UNAM se ha exhortado a permitir libremente a las mujeres que así lo decidan ausentarse de sus lugares de trabajo.

Por ello, si quieres participar en el paro de mujeres, la recomendación es intentar avisar a la empresa e institución donde trabajas y, de ser posible, llegar a un acuerdo.

¿Te pueden despedir por participar en el paro?

Ahora bien, si decides participar en el paro sin que haya acuerdo con tu empresa o institución, debes saber que ello no es motivo de despido.

De acuerdo con el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, una empresa puede despedir a un trabajador o trabajadora cuando acumule 3 faltas en un periodo de 30 días. Si ese no es tu caso y la del paro de mujeres es tu única falta, no debería haber despido.

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