Al fin —después de 195 días de campaña y de 59 millones 78 mil 400 spots— tenemos paz. A partir de las 0:00 horas de este jueves 28 de junio inició la veda electoral, es decir ya no verás spots de candidatos no habrá actos proselitistas, ya que estamos reflexionando el voto… o al menos eso se supone que deberíamos hacer.

La veda electoral concluye el próximo domingo 1 de julio, a las 18:00 horas, tiempo de la CDMX, pero recuerda que hay estados con diferencia de horario, así que aguas con ese punto.

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Pero, ¿qué es la veda electoral?, ¿en qué consiste?, ¿qué pueden hacer los candidatos? Calma, a continuación te lo explicamos.

¿Qué es la veda electoral?

La veda electoral es el periodo de tres días en el que la ciudadanía debe reflexionar su voto.

Este «periodo de reflexión del voto» está establecido en el artículo 213, inciso 2, de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales.

«Durante los tres días previos a la elección y hasta la hora de cierre de las casillas, queda estrictamente prohibido publicar, difundir o dar a conocer por cualquier medio de comunicación, los resultados de las encuestas o sondeos de opinión, que tengan como fin dar a conocer las preferencias electorales», indica la ley.

«Para no interferir con el ejercicio del sufragio ni en la gente que aún o ha votado hay que esperar a que se cierren las casillas del último uso horario; es decir, a las 20:00 horas (tiempo del centro) es que se pueden a dar a conocer encuestas de salidas», explicó el consejero Ciro Murayama.

¿Qué no pueden hacer los candidatos?

Durante la veda electoral, los candidatos, partidos y alianzas deben cesar sus campañas, con el fin de no interferir con el análisis de los ciudadanos.

Debido a lo anterior, candidatos, partidos políticos, coaliciones y dirigentes no pueden llamar al voto a la ciudadanía, realizar actos de proselitismo por ningún medio incluidas las redes sociales.

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¿Qué onda con las encuestas?

La veda electoral no solo aplica a candidatos y a partidos. A partir del primer minuto de este jueves 28 de junio, las encuestadoras tienen prohibido difundir cualquier tipo de encuesta o sondeo para dar a conocer preferencias electorales y los únicos resultados oficiales serán los que el Instituto Nacional Electoral, los Organismos Públicos Locales y autoridades jurisdiccionales competentes darán a conocer la noche del 1 de julio.

Como en la CDMX es una de las entidades en las que también hay elecciones locales, es preciso explicar que la veda electoral concluye a las 18:00 horas del 1 de julio para los candidatos, partidos y encuestadoras que difundan información local.

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¿Qué otras implicaciones tiene la veda?

Otra de las ventajas de la veda electoral es que ya no debemos ver propaganda de los partidos y candidatos pero no solo hablamos de los spots de radio y televisión, sino que está prohibida la distribución y colocación de propaganda electoral.

La Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que el retiro de la propaganda debe iniciar siete días antes del día de la elección, y tres días antes debe estar completamente retirada.

En caso de no quitar su propaganda, el Instituto Nacional Electoral (INE) y los Institutos locales lo harán con cargo al monto de financiamiento público que le corresponde al partido, además de una sanción que puede consistir en multa, amonestación, suspensión o cancelación del registro.

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