El 4 de junio hay elecciones en Coahuila y Edomex y todos los ciudadanos tienen derecho a votar, pero ¿qué pasa si te toca ir al trabajo los domingos?

La Ley Federal del Trabajo establece mecanismos para garantizar el derecho de los trabajadores al voto, así como la compensación que se debe dar a un empleado que trabaje en un día de jornada electoral.

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Por ello, es necesario que conozcas algunas disposiciones para defender tus derechos como ciudadano y como trabajador en esta jornada electoral.

Se descansa del trabajo el 4 de junio por las elecciones
Foto: Cuartoscuro

¿Te deben dar descanso en el trabajo por las elecciones del 4 de junio?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, en México existen 7 días feriados o de descanso obligatorio cada año. Todos ellos corresponden a festividades cívicas o religiosas y a conmemoraciones.

Pero adicionalmente, la ley contempla otros dos casos. Uno es “el 1° de diciembre de cada seis años cuando corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal”. Y el otro es precisamente el caso de las elecciones.

Según el artículo 74 del citado ordenamiento, también se considera día de descanso obligatorio “el que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral“.

Así que, en efecto, el 4 de junio es día de descanso obligatorio en Edomex y Coahuila.

Sin embargo, la ley también establece que si los empleadores solicitan laborar ese día a los trabajadores, estos últimos deberán hacerlo. Pero a cambio de ello, deberán recibir una compensación económica.

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¿Cuánto deben pagarte si te toca trabajar el día de las elecciones?

De acuerdo con el artículo 71, si trabajas en domingo debes recibir una prima adicional equivalente al 25 por ciento de un día de salario ordinario.

Por su parte, el artículo 75 establece que quienes trabajan en un día de descanso obligatorio, como lo será el 4 de junio, “tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio,un salario doble por el servicio prestado”.

Así que si te hacen ir al trabajo el 4 de junio, deberán pagarte:

  1. Tu día de salario normal
  2. La prima dominical, equivalente al 25 por ciento de un día de salario, y
  3. Una compensación equivalente a otros dos días de salario por trabajar en un día de descanso obligatorio.

¿Cómo votar si te toca ir al trabajo el día de las elecciones?

El voto es tu derecho ciudadano. Por ello, además, de pagarte las compensaciones antes mencionadas, tu empleador deberá garantizar que, si te toca trabajar, tengas tiempo de acudir a las urnas.

Al respecto. el artículo 132 de la Ley Federal del Trabajo establece que es obligación de los empleadores “conceder a las y los trabajadores el tiempo necesario para el ejercicio del voto en las eleccionespopulares”.

Por lo anterior, toma en cuenta que el horario de apertura de las casillas es de 8:00 a 18:00 horas.

Ahora que ya lo sabes, si te toca ir al trabajo el 4 de junio, asegúrate de que te paguen lo que corresponde y que te otorguen el tiempo necesario para acudir a votar.

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