Ahora sí ya les cayó la voladora a todos aquellos que utilizan de manera indebida los servicios de emergencia. A partir del 19 de octubre las sanciones por llamadas falsas serán más altas, pues además de pagar una multa, quien realice este acto podrá pasar hasta dos años en prisión.

A través de la Gaceta Oficial de la Ciudad de México (CDMX) se anunció una reforma al artículo 211 Quater del Código Penal capitalino, el cual quedará de la siguiente manera:

“Comete el delito de uso indebido de servicios de emergencia la persona que de forma dolosa realice una llamada, aviso o alerta falsa a las líneas de emergencia a través de cualquier medio de comunicación, como teléfono fijo, móvil, radio, botón de auxilio, aplicaciones, Internet o cualquier otro medio electrónico a números de emergencia”.

Además, se añade que este delito se perseguirá por querella y que todo aquel que realice dicha acción se le impondrá una sentencia de tres meses a dos años de cárcel, así como una multa de 10 a 100 unidades de medida y actualización.

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¿Cómo serán las sanciones por llamadas falsas en el caso de adolescentes?

Los menores de edad no se salvarán de tener una sanción por realizar llamadas de broma a los servicios de emergencia. Dicho documento establece que en estos casos se sancionará al responsable de acuerdo a la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Y es que a pesar de las diversas campañas  contra estas conductas se estima que de las 40 mil llamadas registradas en el C5 cada día, 35 mil son llamadas falsas al 911.

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