A través de una publicación en la Gaceta Oficial de la CDMX se anunció que condonarán agua y predial en algunas zonas de la capital.

Se trata de inmuebles que han sido afectados por obras en la CDMX o por grietas y/o hundimientos.

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Condonarán agua y predial de estos inmuebles chilangos

Esta condonación no será para toda la CDMX, sino para inmuebles que han sido afectadas por la ampliación de la Línea 12 del Metro, por la construcción del Tren Interurbano o por grietas.

En el caso de la Línea 12, se estableció que se condonará total o parcialmente el pago de agua y predial a los inmuebles afectados por la ampliación de dicha línea, que se encuentren las colonias Primera Victoria, Minas de Cristo y Cove, en la alcaldía Álvaro Obregón, y que estén en la zona de construcción.

De igual manera recibirán este beneficio aquellos cuyo inmueble fue afectado por la construcción del Tren Interurbano.

La condonación dependerá de la afectación al inmueble. Si es un grado mediano se condonará 75%; si el daño es alto entonces este beneficio será total.

En el caso del predial, se deberá tramitar el beneficio en la Administración Tributaria antes del 31 de diciembre de 2021. Deberán presentar la declaración de valor catastral y pago del impuesto predial de cualquier ejercicio fiscal, original y copia de la opinión en la que se señale el grado de afectación del inmueble y original y copia del dictamen en el que se señale la afectación del inmueble.

Para el agua, se deberá presentar original y copia del dictamen y la opinión en el que se señale el grado de afectación del inmueble ante el Sistema de Aguas.

También se condonará el predial a los inmuebles que presenten daños estructurales por grietas y/o hundimientos diferenciados y cuenten con una opinión técnica de la Secretaría Integral de Gestión de Riesgos y Protección Civil con base en el grado de exposición de la vivienda “y conforme a la información contenida en el Atlas de Riesgos de la Ciudad de México”.

La condonación dependerá del grado de exposición del inmueble:

  • Bajo: condonación de 50%
  • Mediano: 75%
  • Alto: 100%

Deberán presentar ante la Administración Tributaria la Declaración de valor catastral y pago de impuesto predial, y el original de la opinión técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la CDMX.

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