Otro de los cambios a la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México: los silbidos o chiflidos lascivos, así como las “expresiones verbales de connotación sexual a una persona”, son considerados como infracciones contra la dignidad de las personas y serán sancionados.

Los gritos, expresiones verbales y chiflidos lascivos serán sancionados en la CDMX

La noche de este viernes 7 de junio quedó publicada en la Gaceta de la CDMX la nueva Ley de Cultura Cívica, donde ser especifican las sanciones a cualquier persona que atente contra la dignidad de otra a través de “silbidos o expresiones verbales de connotación sexual”.

Fomentarán el cambiar horas de arresto por trabajo comunitario en CDMX

Las sanciones ante dichas acciones son las siguientes: multa equivalente de 11 a 40 Unidades de Medida, arresto de 13 a 24 horas o de 6 a 12 horas de trabajo comunitario.

Foto: Cuartoscuro

Dentro de la nueva ley también será considerada una infracción “condicionar, insultar o intimidar a la mujer, que alimente a una niña o a un niño a través de la lactancia, en las vías y espacios públicos”.

Y, si tienes un lomito, ojo: “al propietario, poseedor o encargado de un animal que cause lesiones a una persona, que tarden en sanar menos de quince días. En este caso solo procederá la conciliación cuando el probable infractor repare el daño; las partes de común acuerdo fijarán el monto del daño”.

Acá puedes leer el texto íntegro de la Nueva Ley de Cultura Cívica de la CDMX.

Esto es lo que se considera trabajo comunitario en la nueva Ley de Cultura Cívica en CDMX:

  • Limpieza, pintura o restauración de centros públicos educativos, de salud o de servicios.
  • Limpieza, pintura o restauración de los bienes dañados por la persona infractora o semejantes a los mismos.
  • Realización de obras de ornato en lugares de uso común.
  • Realización de obras de balizamiento, limpia o reforestación en lugares de uso común
  • Impartición de pláticas a vecinos o educandos, relacionadas con la convivencia ciudadana o realización de actividades relacionadas con la profesión, oficio u ocupación de la Persona Infractora.
  • Participar en talleres, exposiciones, muestras culturales, artísticas y/o deportivas en espacios públicos que determine la Consejería
  • Asistir a los cursos, terapias, talleres diseñados para corregir su comportamiento, en materias como autoestima, escuela para padres, relación de pareja, cultura de la paz, prevención de las adicciones, prevención de la violencia familiar, equidad de género, cultura vial, y los que determine la Consejería.