¿Dónde estacionarlos? ¿En qué horario van a operar? ¿en qué casos serán reubicados? Estos y otros cuestionamientos por fin fueron resueltos con la publicación de los lineamientos para bicicletas y monopatines sin anclaje.
Una de las principales quejas desde que comenzaron a implementarse estos Sistemas de Transporte Individual Sustentables (SiTIS) fue el hecho de que en ocasiones son estacionados en lugares prohibidos, incluso, invadiendo el paso peatonal.
Nuevos lineamientos para bicicletas y monopatines
Te puede interesar: ¿Te urge una bici nueva? En la Miguel Hidalgo las van a regalar
De acuerdo con el reglamento publicado este martes 26 de marzo en la Gaceta Oficial de la CDMX, queda prohibido estacionar estas unidades en:
- Franjas peatonales, franjas de fachada y acceso peatonal a predios.
- Acceso a estaciones de transporte público masivo y semimasivo, así como paradas de transporte público colectivo.
- Frente a señalamientos de emergencia e hidrantes, así como zonas de concentración o delimitadas por protocolos de protección civil.
- Carriles de circulación vehicular.
- Estacionamiento para personas con discapacidad y áreas de carga y descarga.
- Rampas de acceso vehicular a predios.
- Infraestructura para la movilidad y mobiliario urbano, como cicloestaciones de ECOBICI y dispositivos de control de tránsito.
- Cajones del programa de ordenamiento del estacionamiento en la vía pública, incluyendo cajones para motocicleta y de servicios especiales, excepto aquellos destinados a las unidades de servicio del SiTIS.
Pero, estos vehículos sin anclaje podrán estacionarse en las aceras, siempre y cuando no haya un punto de arribo dedicado al estacionamiento de bicicletas y monopatines en un radio de 140 metros, y únicamente cuando la acera tenga un ancho mínimo de dos metros con ochenta centímetros.
En estos casos, las unidades de servicio deben quedar en la franja de mobiliario urbano y arbolado, garantizando el paso peatonal con un mínimo de 1.70 con respecto al paramento de fachada.
Para eso, se optará por colocar señalamientos como los que aparecen en esta imagen.
Foto: Gaceta Oficial
¿Y qué pasará si un usuario despistado deja la bici o el patín en un sitio prohibido? El operador tendrá la obligación de reubicar sus unidades en un plazo no mayor a dos horas cuando se encuentren obstruyendo el paso peatonal o fuera del área de estacionamiento establecidas.
Si este se localiza fuera del área de operación, entonces tendrán un plazo de hasta ocho horas, siempre y cuando no cuenten con reporte de robo.
Te puede interesar: Todo lo que debes saber del nuevo Reglamento de Tránsito
Entre los lineamientos para bicicletas y monopatines también se establece que el horario será de 5:00 a 00:30, no podrán aplicar tarifas dinámicas y no pueden realizar cobros antes del minuto tres de uso, si el usuario reporta fallas en la unidad.
Si le quieres jugar al rápido y furioso, ojo, porque el límite de velocidad es de 25 kilómetros por hora.
Además, tanto bicis como patines deben contar con luz trasera roja y luces delanteras, sistema de frenado mecánico, número económico de identificación, dispositivo acústico de advertencia (timbre o campana), entre otros aditamentos.
En el aviso se establece que hasta el próximo 15 de abril el límite de unidades será de mil 483 bicicletas y 856 monopatines.
También lee: ¿Por dónde deben circular los scooters en la CDMX?