Si tu casa presenta alguna afectación estructural, como grietas o hundimientos, podrás ser candidato a la condonación del pago del predial.

La Jefatura del Gobierno de la Ciudad de México anunció que condonó el pago del impuesto predial del ejercicio fiscal 2018 a los propietarios o poseedores de inmuebles que presenten daños estructurales ocasionados por grietas y/o hundimientos diferenciados.

La condonación del pago del predial corresponde al indicado en la propuesta de declaración de valor catastral y boleta predial que emite la Secretaría de Administración y Finanzas del ejercicio fiscal 2019, así como los accesorios que se generen respecto del mismo.

¿Que tienes que hacer para la condonación del pago del predial?

Si crees ser candidato será necesario contar con una opinión técnica emitida por la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil de la Ciudad de México con base en el grado de exposición de la vivienda y conforme a la información contenida en el Atlas de Riesgos de la capital.

Teniendo el análisis de la afectación del inmueble, los beneficios de esta resolución deberán solicitar la condonación ante cualquier Administración Tributaria a más tardar el 31 de diciembre del año en curso.

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De acuerdo con el grado de exposición del inmueble –bajo, mediano o alto– será el porcentaje de condonación: 50%, 75% y 100 por ciento.

La condonación del pago del predial aplicará cuando los contribuyentes paguen en una sola exhibición el impuesto correspondiente al ejercicio fiscal 2019.

Además de la condonación del pago del predial, el servicio de agua del ejercicio fiscal 2018 también será gratuito para los propietarios de los inmuebles ubicados dentro de las áreas geográficas clasificadas con índice de desarrollo social muy bajo de la capital.

El gobierno capitalino señaló que se condona el 100% del pago del agua y gastos de ejecución ordinarios y extraordinarios generados hasta el 31 de diciembre pasado.

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A diferencia de la condonación del pago del predial, en el coso del servicio del agua no será necesario que los contribuyentes beneficiados realicen trámite o gestión adicional alguna, por lo que la Tesorería y el Sistema de Aguas capitalinos deberán aplicar los instrumentos indicados para ello.

Únicamente no procederá una condonación si se trata de multas administrativas no fiscales.