Te tenemos una buena noticia: Este año, el pago de ISR (Impuesto Sobre la Renta) será menor.

El impuesto que pagan los chilangos por sus ganancias adquiridas, salvo donaciones o herencias, será menor debido a que la inflación rebasó los límites establecidos por la Secretaría de Hacienda.

¿Qué pasa?

La Ley de Ingresos que regirá las finanzas de todos en 2018 tuvo modificaciones, ya que la Ley del Impuesto Sobre la Renta determinó que cuando la inflación acumulada rebase el 10%, la tarifa de los impuestos debe ajustarse, y la inflación ya llegó a 11.74%.

¿Qué significa el ajuste?

Especialistas en economía y finanzas entrevistados por El Financiero explican que este ajuste al impuesto deberá ser a la baja, o sea, en un menor porcentaje, que se asemeja al del incremento de la inflació. Así, los mexicanos pagaremos entre 10 y 12% menos, aunque –por la dinámica del cálculo– esta cifra puede variar.

Actualmente el porcentaje que se aplica por pago de ISR es desde 1.92% y hasta 35%, de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

¿Y cómo se calcula?

Todo depende del ingreso que tengamos: quien gane más dinero, pagará más impuestos y más de cuota fija, y para quien percibe un salario «no tan ostentoso» la cuota fija no tendrá cambios significativos. Es decir, para 2018 el pago de ISR será casi 10% menor.

Además, quienes ganan menos de tres salarios mínimos o $7,382 al mes ($8,618 en 2018 con la actualización), cuentan con un subsidio al empleo, detalla el diario.

¿Quieres calcular de cuánto sería el pago de ISR?

En esta liga puedes consultar la tabla de porcentajes, cuotas y salarios que determinan actualmente el pago de ISR.

¿Qué lo determina?

Todo depende de las reglas que marca el SAT, pues los porcentajes varían, aparte de la cantidad del ingreso, según lo que establece el régimen fiscal: si el sueldo que un trabajador percibe es por honorarios, por sueldos y salarios, o según se haya registrado como contribuyente.

¿Y el resto de los Impuestos?

No, no todo es color de rosa, otros impuestos, como el IVA no tienen cambios, o no hasta el momento.

Esta disposición entró en vigor a partir del 1 de enero de 2018 y sólo aplicará para personas físicas, o sea, a la mayoría de los empleados y no para quienes manejan sus ganancias entre otros socios (personas morales).