Eso de que vayas en el coche a alta velocidad y una cámara le tome foto a tu placa y te llegue la multa es inconstitucional. El juez octavo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México definió que viola la garantía de audiencia y defensa, que aparecen en el artículo 14 de la Constitución.

El héroe de los veloces al volante –acción que está mal– declaró inconstitucionales los artículos 9, 60, 61, 62 y 64 del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, que estrenamos hace más de un año. El asunto tiene que ver con que al ciudadano le están poniendo una multa, sin posibilidad alguna de defenderse.

«En todo caso, una foto es solamente un indicio que podría servir para iniciar un procedimiento en forma de juicio con la participación del infractor a fin de determinar si se debe o no imponer la sanción», se explica en una nota informativa de la judicatura federal.

Hasta ahora, el único beneficiado con esto es Víctor Manuel López Balbuena, quien se quejó ante la Justicia y ganó en diciembre pasado. Sin embargo, el Gobierno de la Ciudad de México impugnó y aún está a revisión si va a pagar o no sus multas.