Si tienes un departamento dañado por el sismo o tu casa sufrió afectaciones que la dejaron en condiciones inhabitables, esta nota te ayudará a saber qué debes considerar.

Para empezar, la regla básica es que tu caso depende de las cláusulas del contrato inmobiliario.

Por lo común, las hipotecarias no suelen dar créditos a menos de que hayas contratado un seguro donde el adeudo que se tiene hacia la hipotecaria tenga cierto margen de protección. Por lo cual es importante corroborar que dicha cobertura también te ampara —al menos parcialmente— en caso de que el inmueble se haya perdido durante un desastre natural. El seguro sólo se activa en tu favor, si estás al corriente en tus mensualidades.

En otras palabras, si en el contrato no se especifica que estarás amparado ante un desastre natural, el valor de la propiedad se perderá por completo (a reserva, claro, del análisis de cada caso en concreto).

Además, la hipotecaria o el organismo de vivienda que te ofreció el crédito (Infonavit, Fovissste o un banco) tienen la responsabilidad de resolver cualquier duda. Por fortuna, si la hipotecaria se niega a brindarte información sobre la cobertura del seguro, la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) y la Comisión Nacional para la Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) pueden obligarla a hacerlo.

En una situación justa, el seguro tiene un papel fundamental en dos reembolsos: el primero es para la hipotecaria (el pago de la propiedad); el segundo, para ti (la inversión hecha). Sin embargo, hay ocasiones en que el seguro cubre solamente a la hipotecaria pagando el dinero que le corresponde para recuperar su crédito y a ti no te devuelve lo invertido, bajo la justificación de “pérdida total”.

Si éste es tu caso, lo más recomendable es entablar una demanda y analizar qué fue lo que se aceptó al firmar la escritura y las pólizas de seguro (en otras palabras: qué cubren y qué no). Una situación negativa que debe analizarse muy bien es aquella en la que sólo se cubre a la hipotecaria, puesto que tú, dueño de la vivienda, te verás muy afectado.

Ayuda personalizada

Si éste fue tu caso, la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS) ha puesto a disposición del público el plan de atención a víctimas. Más información en www.amis.com.mx.