¿Y las letras chiquitas…?

En la ley también vienen artículos que le dará a las autoridades el control de las comunicaciones y datos de los ciudadanos;con el objetivo de mantener la seguridad nacional.

(Si quieres leer ‘¿Cómo será la seguridad en el DF en 2023?’, clic aquí)

No es novedad, sin embargo, ahora está en la ley

Las operadoras telefónicas están obligadas a cooperar con la justicia, así que deberán mantener un monitoreo en tiempo real de las comunicaciones de sus usuarios (por 12 meses) y después manteneruna base de datos en la que se puedan consultar pelos y señales (por otros 12 meses), de acuerdo con el artículo 190 de la ley.

Los datos que “la autoridad” (aún no se sabe quién será) va a poder pedirle a los concesionarios (Telmex, Telcel, Iusacell, MoviStar, Nextel)de tu línea celular o fija son:

a) Nombre, denominación o razón social y domicilio del suscriptor.

b) Tipo de comunicación: transmisión de voz, buzón vocal, conferencia, datos de navegación por Internet, reenvío y transferencia de llamadas.Mensajes enviados y recibidos(de sms o instantáneos de servicios de mensajería ‘avanzados’, que podrían ser WhatsApp, Viber o incluso Skype, pero no se específica).

c) Datos necesarios pararastrear e identificar el origen y destinode las comunicaciones de telefonía móvil, como: número de destino, modalidad de líneas con contrato o plan tarifario y líneas de prepago.

d) Datos necesarios para determinarla fecha, hora y duración de la comunicación, así como el servicio de mensajería o multimedia.

e)Se deberá conservar la fecha y hora de la primera activacióndel servicio y la etiqueta de localización desde la que se haya activado el servicio.

f) Características técnicas de los dispositivos, incluyendo, entre otros, códigos internacionales de identidad de fabricación del equipo y del suscriptor.

g) La ubicación digital del posicionamiento geográfico de las líneas telefónicas.

La ley entra en vigor el 13 de agosto de 2014, luego de ser firmada por Enrique Peña Nieto.

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