Que si hay una fuga de agua, que si hace falta una pintadita o que las lámparas ya no sirven, no te atormentes, te explicamos que sí y que no te toca pagar de las reparaciones cuando rentas.

Primero, tu casero tiene la obligación de realizar tooodas las reparaciones necesarias para que el lugar sea un lugar habitable y funcional, esto incluye arreglos en la tubería, instalaciones eléctricas o muros.

Lo que te corresponde a ti como inquilino es todo aquello que tiene que ver con la decoración, es decir, la pintura, lámparas nuevas, cortinas o persianas, el cable para internet, etcétera, según información del portal inmobiliario propiedades.com.

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No creas que estas obligaciones están escritas en el aire, de hecho, esto se encuentra establecido en el Código Civil Federal, peero también señala que el arrendatario debe informar al dueño cuando el inmueble necesite reparaciones y en caso de no hacerlo de forma oportuna, quien tendrá que pagarlos será el inquilino.

Ojo, cuando sean daños causados por ti, entonces te toca pagar las reparaciones, no se vale aplicar la de: “eso ya estaba así”.

¿Cómo respaldarte con las reparaciones cuando rentas?

Nunca, nunca, hagas una reparación sin antes avisarle al dueño del departamento. “Siempre es muy importante que el arrendador lo autorice primero, nunca se debe hacer una adecuación o un arreglo que no se haga por escrito, para que posteriormente no haya malos entendidos”, explica Rocío Uribe, socia directora de Quality Inmobiliaria Uribe.

Si por más que suplicas a tu casero que arregle esa horrible gotera, simplemente te da el avión, tienes la opción de solicitar que intervenga una estancia mediadora y hasta rescindir el contrato.