Si algún día te detiene un policía y te quiere pasar báscula, debes saber que desde este 13 de marzo ya son legales las inspecciones sin orden judicial.

Antes de que entres en pánico, te contamos que para que eso suceda debe existir una sospecha razonable de que en ese mismo momento se está ante la comisión de un delito o cuando los polis tengan una suposición sustentada de que la persona oculta entre sus ropas instrumentos, objetos o productos relacionados con el delito que se investiga. Es decir, no se vale que el poli justifique la revisión con argumentos como la apariencia física o la forma de vestir, de hablar o comportarse.

Lo que debes saber de las inspecciones sin orden judicial

Además, el agente deberá aportar de manera clara los hechos y datos con los que contaba para suponer que la persona estaba cometiendo una conducta ilícita.

Esta medida no aplica a las revisiones e inspecciones preventivas en espacios públicos, retenes, aeropuertos, puertos y transporte público, por corresponder a otros parámetros constitucionales.

Te recomendamos: ¿Qué sí pueden hacer los polis cuando te detienen?

La Suprema Corte de Justicia declaró constitucional esta medida que había sido impugnada en 2014 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y el entonces Instituto Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.

Estas facultades tienen fundamento en el artículo 21 constitucional, que otorga a las policías atribuciones en materia de seguridad pública, dentro de las cuales se enmarcan la prevención, investigación y persecución de los delitos.

Esto te puede interesar: Polis agreden a fans de Depeche Mode