¿Y cuál será la diferencia entre una delegación y las alcaldías de la CDMX?

Oficialmente, ya tenemos todo para que en 2018 la Ciudad de México pase de las delegaciones a las alcaldías, pues la Asamblea Legislativa aprobó la Ley Orgánica de Alcaldías de la CDMX, en la que se establece cómo van a funcionar y cómo estarán conformadas.

Una vez que la Constitución entre en vigor, las alcaldías estarán compuestas por un alcalde o alcaldesa y un concejo integrado por 10 concejales, seis de los cuales representarán a una parte del territorio y la población de la delegación, denominadas circunscripciones. Estos serán elegidos por votación universal, libre, secreta y directa para un periodo de tres años.

Funciones

Entre las funciones de los concejales destacan: supervisar y evaluar las acciones de gobierno en la alcaldía, controlar el ejercicio del gasto público (o sea, ver que no se endeuden ni gasten en lo que no deben) y la aprobación del proyecto de presupuesto de egresos.

Con esta ley, se establece que cada alcaldía funcionará de forma autónoma, es decir que podrá tomar decisiones en cuanto a su administración, cómo y en qué gasta el presupuesto, jurisdicciones en materia de movilidad, seguridad, obra pública, seguridad ciudadana, entre otras.

Ahora que si ya te dieron ganas de ser alcalde o alcaldesa, los requisitos que establece la ley son ser mayor de 25 años, tener residencia efectiva en la demarcación de por lo menos de seis meses ininterrumpidos inmediatamente anteriores al día de la elección, así como no ocupar cargos públicos al menos 60 días antes de los comicios.

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